Los asegurados pronto tendrán que asumir una mayor parte de sus gastos sanitarios de bolsillo. Un decreto publicado el sábado en el Diario Oficial confirma el aumento del límite máximo anual de las franquicias médicas, que pasará de 100 € a 140 € a partir del 1 de octubre de 2026. Este límite, que se mantiene sin cambios desde 2005, regula la cantidad máxima que un asegurado puede tener que pagar de su propio bolsillo por estos copagos.
El nuevo límite se dividirá a partes iguales entre dos categorías de gastos. Se podrán deducir hasta 70 € por consultas, mientras que se aplicará un límite adicional de 70 € a los medicamentos con receta, los servicios prestados por profesionales paramédicos y el transporte sanitario. Esta medida afecta a las franquicias médicas que siguen siendo responsabilidad de los asegurados tras el reembolso por parte del sistema nacional de seguro médico.
La indexación está prevista a partir de 2028.
El decreto también prevé un ajuste periódico del límite máximo. A partir de 2028, deberá revisarse anualmente en función de la inflación. Esta disposición rompe con el límite fijo de 100 € que se mantuvo durante más de veinte años y tiene como objetivo ajustar el nivel de cotizaciones exigidas a los asegurados en función de las variaciones de precios.
Este aumento se produce en un contexto en el que el gasto sanitario está sujeto a diversas medidas destinadas a contener los gastos del seguro médico nacional. Para los asegurados, este cambio se traducirá en un posible incremento de sus gastos anuales de bolsillo. El nuevo límite entrará en vigor oficialmente el 1 de octubre.
