El tribunal administrativo ha decidido suspender la revocación de un enfermera Una enfermera de la Assistance Publique–Hôpitaux de Paris (AP-HP) fue despedida por negarse a quitarse el gorro quirúrgico. En una sentencia emitida el martes 6 de enero, el Tribunal Administrativo de París determinó que la sanción impuesta por el empleador público planteaba serias dudas sobre su proporcionalidad. Esta decisión provisional llega tras varios meses de tensiones internas y no prejuzga la sentencia definitiva que se dictará posteriormente sobre el fondo del caso. La enfermera en cuestión trabajó durante casi diez años en el Hospital Pitié-Salpêtrière. Fue despedida del servicio hospitalario público en otoño de 2025, tras un procedimiento disciplinario iniciado por la dirección. Durante aproximadamente un año, la dirección la había criticado por usar sistemáticamente el gorro quirúrgico a diario, incluso fuera de los departamentos donde suele requerirse este equipo, como quirófanos o unidades de cuidados intensivos. Esta conducta le valió varias advertencias, que, según la dirección, no surtieron efecto. La dirección de la institución consideró esta reiterada negativa a cumplir las instrucciones jerárquicas como una falta disciplinaria grave. El despido se notificó en noviembre, lo que resultó en la rescisión inmediata de su contrato de funcionario. Impugnando esta decisión, la enfermera interpuso un recurso de urgencia ante el tribunal administrativo, argumentando que la sanción impuesta era excesiva en vista de la presunta falta.
Existen serias dudas sobre la proporcionalidad de la sanción.
Tras un procedimiento sumario, el juez administrativo realizó un análisis rápido pero exhaustivo de la situación. En su razonamiento, no cuestionó el principio de que un empleado público está obligado a seguir las instrucciones de sus superiores ni las normas que rigen la organización del servicio. El uso de equipo que no se ajusta a las prácticas internas puede constituir una falta de conducta, especialmente en un entorno hospitalario donde los protocolos están estrictamente regulados. Sin embargo, el tribunal consideró que la sanción más severa prevista por el reglamento de la función pública hospitalaria, a saber, el despido permanente, podría resultar desproporcionada a la gravedad de la falta. El juez determinó que existían serias dudas sobre la idoneidad de la respuesta disciplinaria adoptada por la administración en relación con la presunta conducta. Sobre esta base, ordenó la suspensión de la orden de despido emitida en octubre.
Esta suspensión es temporal.
No constituye una anulación de la sanción ni un reconocimiento definitivo de los argumentos de la enfermera. Sus efectos dependen de la sentencia firme, que debe examinar a fondo la legalidad de la decisión administrativa y evaluar si debería haberse considerado una sanción menos severa. El caso también motivó la intervención del liga de derechos humanosLa organización, que se ha unido al caso como parte civil, considera que este despido plantea una cuestión fundamental sobre la proporcionalidad de las sanciones disciplinarias en la función pública y la protección de los empleados frente a medidas consideradas excesivas. Según la organización, la controversia se centró más en la organización interna que en una falta que pusiera en peligro la seguridad de los pacientes o el funcionamiento del departamento. La Autoridad de Hospitales Públicos de París (AP-HP) mantiene su postura. La institución reitera que el respeto a las instrucciones y a la jerarquía es fundamental para el funcionamiento de los servicios hospitalarios, especialmente en un contexto de intensa presión sobre los equipos sanitarios. La dirección considera la disciplina colectiva un elemento clave de la organización sanitaria. La próxima sentencia deberá resolver sobre el fondo del caso y determinar si el despido estuvo legalmente justificado o si excedió lo necesario para sancionar la presunta falta. Por otro lado, la decisión del Tribunal Administrativo de París constituye un claro recordatorio del principio de proporcionalidad, que vincula a la administración en el ejercicio de su potestad disciplinaria.